sábado, 14 de diciembre de 2013

Las tres estrategias de Gustavo Petro para seguir en el poder

Por dos vías, pedirá dejar sin efecto la sanción y que se congelen notificación y términos.

Alcalde de Bogotá, destituido e inhabilitado por 15 años
El grupo de abogados encargado de la defensa del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, afina tres estrategias jurídicas para impedir que la destitución y los 15 años de inhabilidad que le impuso la Procuraduría tengan efectos, al menos inmediatos.
La primera carta que se jugó, y con la que busca permanecer en el Palacio Liévano unos meses más, fue la de instaurar una tutela ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. En esta, el abogado Julio Cesar Ortiz pidió que se deje sin efecto la sanción disciplinaria impuesta por las fallas presentadas en la implementación del nuevo sistema de basuras en la capital. 
Además, que mientras se produce un fallo de fondo, se suspendan de inmediato los términos para notificarse del fallo y para presentar el recurso en contra de la decisión del procurador Alejandro Ordóñez.
Para respaldar su solicitud, en las 62 páginas de la tutela Ortiz alega que a Petro se le violaron varios derechos, entre ellos el de defensa, al debido proceso y el de participación política.
El exmagistrado anota, además, que la Procuraduría se negó a practicar pruebas clave con las que se podía demostrar la legalidad del comportamiento de su cliente y el hecho de que no exigió, solicitó, ordenó o instruyó a los funcionarios a actuar ilegalmente.
El riesgo que la defensa corre por esta vía es que ya fue transitada por la exsenadora Piedad Córdoba, destituida e inhabilitada 18 años por el procurador Ordóñez.
Tras ser revisada la tutela que la defensa de Córdoba interpuso, la Corte Constitucional dejó en claro, en octubre pasado, que el ejercicio del poder disciplinario es necesario en un Estado de derecho, para regular el comportamiento disciplinario de sus servidores. Y que “la Constitución confiere al Procurador la vigilancia superior de la conducta de quienes desempeñen funciones públicas, incluso las de elección popular”, e imponer sanciones conforme a la ley.
Por eso, de manera paralela, el abogado Carlos Rodríguez Mejía (de la Asociación Minga y parte de la defensa de Petro en el exterior) intentará que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dicte las mismas medidas cautelares.
“Pedimos que se suspenda la decisión de la Procuraduría porque el daño que se les ocasiona al ciudadano Petro y a sus electores es irreparable. El Procurador está atropellando la Convención Americana, no puede limitar los derechos políticos”, explicó Rodríguez.
La ‘tutelatón’
En cualquier caso, la defensa del Alcalde interpondrá el recurso de reposición ante la propia Procuraduría una vez conozca la nueva evidencia que se allegó al expediente. De hecho, asesores del Alcalde no descartan que los años de inhabilidad se reduzcan, aunque la destitución quede en firme.
La última estrategia legal –que, dicen, no tiene el aval de Petro ni de sus abogados– consiste en la presentación de una avalancha de tutelas a su favor, por parte de varios sectores que lo apoyan. A este ejercicio lo han bautizado como la ‘tutelatón’.
En el entretanto, la Fiscalía anunció que espera, en 30 días, definir si por estos hechos Petro debe responder o no penalmente.
Y el procurador Ordóñez manifestó que está listo a discutir los alcances de sus facultades, criticadas tras este y otros fallos.
‘Primero, instancias nacionales’
El secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), José Miguel Insulza, aseguró que la posibilidad de que el caso del alcalde Petro llegue al Sistema Interamericano dependerá de que se agoten primero en Colombia todas las instancias legales.
Según Insulza, no existen muchos antecedentes de medidas cautelares en casos de supuesta afectación de derechos políticos, como las que pretende la defensa del Alcalde frente a la sanción de destitución e inhabilidad que le impuso la Procuraduría.
“Las medidas cautelares a veces se toman cuando existe la posibilidad de un daño irreversible, por ejemplo cuando hay prisión o un daño a la salud de la persona”, explicó. “Probablemente, lo mejor que puede hacer la Comisión Interamericana es ver el tema de fondo, pues no existen muchos antecedentes de medidas cautelares en esos casos. Pero al final será la Corte Interamericana la que debe decidir si las concede o no”, dijo Insulza.
UNIDAD INVESTIGATIVA
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